Protocolo contra el acoso
La finalidad del protocolo contra el acoso es informar, sensibilizar, prevenir y atajar esta forma de violencia de género en el ámbito laboral, facilitando el cumplimiento del artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, que impone a las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras, implantar un procedimiento para prevenir y actuar contra el acoso sexual y por razón de sexo. La Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en su Artículo 48.1. y 48.2 establece la obligatoriedad de proteger a los trabajadores y trabajadoras de situaciones de acoso sexual mediante la elaboración de un protocolo de acoso y posterior sensibilización del acoso sexual y por razón de sexo.
Como consecuencia de esta ley, se ha establecido como obligatorio para todas las empresas la elaboración de un protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo, también llamado "Protocolo contra el Acoso". Se trata de un documento que recoge los procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual por razón de sexo en el trabajo. El incumplimiento de dicha obligación se encuentra tipificado como constitutivo de infracción muy grave en los apartados 12, 13 y 13 bis del art. 8 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). En este supuesto podríamos encuadrar la simple inexistencia de un protocolo de acoso.
La formación en los Protocolos de Acoso Sexual en el trabajo se ha estipulado como obligatoria para todas las empresas independientemente del número de personas que forman su plantilla. Este hecho se justifica ya que es imprescindible que, tanto la dirección, como los trabajadores y trabajadoras, conozcan de primera mano cuáles son los principios de igualdad que deben imperar en la empresa. Asimismo, también es imprescindible que conozcan los canales de denuncia y las posibles sanciones que puedan derivar de estas prácticas ilícitas. Desde Aptíssima® le ofrecemos la formación básica en sensibilización sobre la materia para los trabajadores/as de su empresa y la formación especializada para la persona responsable del plan de protocolo contra el acoso en su empresa.
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Juan Gallego Amador, psicólogo, consultor y formador.
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